La Procuraduría General de Justicia del Estado informa que con base en los elementos probatorios aportados por el Ministerio Público dentro del expediente 64/2014, del Juzgado Quinto de Primera Instancia Penal en contra de Olivia Jiménez Morales y Aurelio Elías Ramírez, por el delito de Fraude Genérico Maquinado, dicha autoridad dictó auto de Formal Prisión.
En febrero del presente año, la Procuraduría General de Justicia del Estado, inició la averiguación previa correspondiente por Hechos Probablemente Constitutivos de Delito, respecto a la afectación patrimonial de varios ahorradores de la ‘Caja 30 de Agosto’.
Con base en un cúmulo de pruebas aportadas y reunidas por la autoridad ministerial se logró conformar un expediente sólido que le permite al Juez Quinto de Primera Instancia Penal dictar auto de Formal Prisión en contra de Olivia Jiménez Morales y Aurelio Elías Ramírez.
De igual manera, en su momento la delegación de la Procuraduría General de la República, solicitó el arraigo de once empleados de la Caja, de los cuales 9 fueron puestos en libertad, al comprobar que realizaban labores de captación; por ello, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHyCP) inició querella en contra de sólo dos personas con cargos administrativos. Por ello, sólo Olivia Jiménez Morales y Aurelio Elías Ramírez continuaron con la medida.
Con el sustento de las pruebas recabadas el Ministerio Público Investigador solicitó una orden de aprehensión en contra de las dos personas señaladas como probables responsables del delito de Fraude Genérico Maquinado, razón por la cual Investigadores del Delito dieron cumplimiento a la misma poniéndolos a disposición del Juez Quinto de Primera Instancia Penal.
Actualmente la Procuraduría General de Justicia del Estado, continúa recibiendo las querellas de los afectados para actuar en contra de quién o quiénes pudieran ser probables responsables. De igual manera, la Procuraduría General de la República delegación Querétaro, continuará con el trámite de la averiguación previa correspondiente.
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